LIBRO DE ACUSE DE ENTREGA DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO
LIBRO DE ACUSE DE ENTREGA
DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO
El patrono deberá dejar
constancia de la fecha y hora de haber entregado al trabajador el ejemplar del contrato de trabajo mediante acuse de
recibo debidamente suscrito por éste o ésta, en un libro que llevará a tal
efecto. Art. 59 de la LOTTT.
Objeto de llevar el referido
Libro: Dejar constancia de la entrega del contrato, la fecha de entrega, el
nro. de folios, que la firma de acuse en el libro coincida con la firma
colocada en el ejemplar entregado al trabajador (en caso de desconocer el
contrato, el documento indubitable a ser
confrontado es el libro), en ese sentido se justifica que en el asiento
de acuse de entrega de contrato.
Contenido que debe constar
en el “Libro de Acuse”
- Nombre y cedula de
Identidad del Trabajador
- Huella dactilar
- Fecha de entrega del
contrato
- Tipo de contrato (
Indeterminado, determinado y Obra)
- Numero de folios con los
que cuenta el contrato y especificar si contiene anexos.
Recomendaciones:
- Confrontar la cedula con la
firma plasmada en el libro
- Que el contrato debe contar
con la firma y huella dactilar en cada folio u hoja
- Los espacios de líneas no
llenados del contrato, deben quedar inutilizados con raya punteada (-------)
- Uso de hoja tipo membrete
de la empresa que dificulte la alteración.
FUENTE: OBLIGACIONES
DEL EMPLEADOR EN VENEZUELA / GALEA CONSULTORES.
No hay comentarios:
Publicar un comentario