martes, 27 de agosto de 2013

Nuevo cálculo para la compra venta de carros usados. Para calcular el precio de compra venta de los vehículos usados, se deben aplicar la condiciones y fórmula establecida en la nueva ley que regula la compra y venta de autos nuevos y usados en Venezuela.

Ley que Regula la Compra y Venta de Vehículos Automotores Terrestres, Nuevos y Usados, Nacionales o Importados (en espera de su publicación en Gaceta Oficial).

- El precio de los carros nuevos, será fijado por el Estado Nacional a través de la Sundecop, la referencia inicial para el valor de un auto nuevo o de condición similar, son los fijados hasta el 28 de febrero de 2013. Ningún auto con uso igual o inferior a diez (10) años, podrá exceder el precio de uno nuevo.
- El precio de compra venta de los carros usados hasta 10 años de uso, se determinará por una fórmula que tendrá la página web del Ministerio de Comercio (www.mincomercio.gob.ve). Para obtener el precio de venta, el vendedor tendrá que suministrar los datos del vehículo, como modelo, año de compra, kilometraje y las condiciones generales del vehículo.
- Hasta que salga esta nueva fórmula, el precio máximo de venta no podrá exceder el 90% del precio de los vehículos nuevos vigentes al 28 de febrero de 2013 (mismo modelo o de similares características, estructura y diseño).
- No se podrán ofertar automóviles en ningún medio de comunicación (televisión, radio, prensa e Internet) con precios superiores a lo fijados por el estado venezolano o lo que salga de la fórmula para calcular el precio de los carros usados.
- La nueva ley de compra y venta de vehículos, prohíbe dar créditos bancarios, emitir pólizas de seguro y registrar la compra venta en las notarías, por un monto superior al precio máximo fijado de venta o el que arroje la fórmula.

martes, 16 de julio de 2013

Trabajadores de la construcción recibirán aumento de 119 % en tres años

Para este año corresponde un alza de 30 %, contado a partir del 1 de mayo, que lleva el salario de los obreros hasta Bs. 126 diarios. La decisión se tomó entre la Cámara Bolivariana de la Construcción, la Cámara Venezolana de la Construcción y las tres federaciones sindicales del sector
 
 
Los trabajadores de la construcción recibirán un aumento salarial de 119 por ciento en los próximos tres años, tras la paralización de actividades que emprendieron durante la semana pasada.
La decisión de incremento se tomó entre la Cámara Bolivariana de la Construcción, la Cámara Venezolana de la Construcción y las tres federaciones sindicales del sector.
"El jueves se firmará el acuerdo, que implica un ajuste para 2013, 2014 y 2015", informó Eugenio Peña, miembro del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción en el Estado Zulia (Suticez).
Para este año corresponde un alza de 30 por ciento, contado a partir del 1 de mayo, que lleva el salario de los obreros hasta 126 bolívares diarios.
El acuerdo implica que los empleadores deberán pagarle un retroactivo al personal, para ponerse al día con el incremento de los meses de mayo y junio.
El segundo incremento será de 39 por ciento en el año 2014, que pondrá el sueldo básico de los empleados en 163 bolívares; mientras que el tercero será de 50 por ciento; lo que subirá la remuneración a 213 bolívares.

"Los trabajadores ya no tienen por qué preocuparse, ya no hay motivo de paralización, se concertó un aumento con el Gobierno y las cámaras del sector".

Contrato por dos años más
Peña agregó que se decidió reconducir el contrato colectivo de los empleados de la construcción, que estaba vencido desde el año pasado, por los próximos 24 meses.
El dirigente sindical indicó que en el estado existen unos tres mil trabajadores en el sector, pero se espera que aumenten a nueve mil con la activación de algunas obras.

Recuento
La semana pasada los trabajadores de la construcción realizaron una paralización en las obras del sector privado, como medida de presión para exigir un aumento de salarios.

DIARIO LA VERDAD

jueves, 4 de julio de 2013

Empresas que incumplan nueva jornada pagarán hasta Bs 6.420

El Ministerio del Trabajo puede revocar solvencia laboral o penar a los patronos con arresto de hasta 90 días







Los patronos que hayan incumplido las disposiciones de la Ley Orgánica del Trabajo y su reglamento parcial, referentes a la aplicación de la nueva jornada laboral, a partir de hoy serán penalizados con multas de entre 3.210 bolívares y 6.420 bolívares, equivalentes a 30 y 60 unidades tributarias. El Ministerio del Trabajo realizará las inspecciones en todo el territorio nacional y los empleadores que se nieguen a cancelar la sanción les revocarán la solvencia laboral, dijo Pedro Casale, profesor del posgrado de Derecho Laboral de la Universidad Central de Venezuela.
El incumplimiento del pago de la multa podría tener severas repercusiones, agregó. El artículo 553 de la ley establece: “A los patronos que incumplan las obligaciones que le impone esta ley les será negada o revocada la solvencia laboral”. Destacó que las empresas que no tengan el documento no podrán solicitar dólares oficiales en la Comisión de Administración de Divisas, por lo cual se les imposibilitará la compra de insumos, maquinarias o productos terminados a proveedores foráneos.
Casale expresó que la legislación también establece arresto al patrono que no cancele la multa. El artículo 546 dice: “En caso de no poder hacerse efectivas las penas de multas establecidas en este título, los infractores sufrirán la de arresto, entre 10 y 90 días”.
Explicó que las multas indicadas en la ley deben ser pagadas en las oficinas recaudadoras de la Tesorería de la Seguridad Social. Las autoridades no oirán alegatos o recursos mientras no conste haberse consignado o afianzado satisfactoriamente el valor de la multa. Es decir, primero hay que pagar y luego se podrá apelar. Los funcionarios confirmarán o revocaran la sanción o modificarán el monto.
Entre las principales obligaciones que los patronos deben cumplir para evitar sanciones está haber ajustado las actividades de la empresa a la reducción de la nueva jornada laboral. Es decir, 40 horas semanales, a razón de 8 horas diarias, durante 5 días a la semana, mientras que la mixta y la nocturna quedan en 37,5 y 35 días semanales, repartidas en 7,5 y 5 horas semanales, respectivamente, también por 5 días. Adicionalmente, los trabajadores tienen derecho a 2 días seguidos de descanso a la semana.
También deben haber colocado los anuncios con los horarios en un lugar visible de la compañía, donde se indiquen los días y horas de trabajo y de descanso. El cartel debe ser de 50 centímetros de largo x 35 centímetros de alto, con letras de 3 centímetros de tamaño, mínimo.
En caso de contar con personal extranjero, 90% de los trabajadores deberá ser de nacionalidad venezolana. Cada centro debe llevar un registro con todas las horas extraordinarias utilizadas, los trabajos efectuados, nombres y apellidos de los empleados que las hicieron y la remuneración especial que se haya pagado a cada uno en función de la inspección.

Adaptadas o con dudas. El presidente de la Comisión de Asuntos Laborales de Fedecámaras, Aurelio Concheso, afirmó que la mayoría de las empresas cumple la jornada laboral y la inspección no será un problema.
Más de 85% de los patronos consignó a tiempo los horarios en las inspectorías y cuentan con su constancia de haber acatado la obligación, por lo cual no les podrán imponer multa por este concepto. Sobre la respuesta de las inspectorías a los horarios de trabajo que han introducido los centros de trabajo para su aprobación, indicó que las empresas ya comenzaron a recibir información.
Los dos días libres consecutivos de descanso ha sido lo más difícil para acordar el nuevo horario, pero se ha negociado con los trabajadores y se llegó a un consenso, precisó el directivo de Fedecámaras. Se flexibilizó el otorgamiento de los días libres, con el fin de poder cumplir la normativa y no afectar la actividad de las empresas, añadió.
Casale explicó, sin embargo, que las inspectorías aún no han fijado posición acerca del horario de trabajo de los establecimientos de los centros comerciales que no son de comida o servicios.
El reglamento parcial despejó algunas dudas, pero hay sectores que todavía no tienen claro cómo implementar la adecuación a la nueva jornada laboral cuando tienen trabajadores que cumplen guardias. Citó como ejemplos las clínicas y las empresas de vigilancia.
Puntualizó que algunas industrias tienen conflictos con sus trabajadores por el incremento del tiempo de descanso entre jornada, que pasó de 30 minutos a una hora con lo cual la hora de salida es más tarde.

Funcionarios con mando
Las amplias facultades que se otorgaron a las inspectorías del trabajo en la ley  mantienen en alerta al sector laboral, explicó la abogada Emma Neher.
Dijo que de acuerdo con el artículo 552 de la legislación, cada inspectoría tendrá funcionarios de ejecución con la suficiente jerarquía, facultad y competencia para hacer cumplir todos los actos administrativos de efectos particulares, dictar medidas cautelares y solicitar la revocatoria de la solvencia laboral de las empresas.
Neher añadió que los inspectores y supervisores podrán visitar las empresas en el horario laboral para verificar el cumplimiento de la ley, sin necesidad de previa notificación al patrono.
La ley los faculta para emitir un informe con las irregularidades observadas durante la fiscalización con la fijación de un plazo para su corrección.

Diálogo tripartito
Uno de los cambios que introdujo la Ley Orgánica del Trabajo en mayo de 2012 fue la eliminación del diálogo tripartito para asuntos salariales. Ahora que Venezuela asumirá la presidencia del Mercosur tendrá que oír a las cámaras empresariales y sindicales, las cuales no puede desconocer porque las normas del bloque establecen que los acuerdos tienen que ser consensuados.


miércoles, 3 de julio de 2013

Detectan opciones en la creatividad empresarial

Expertos analizaron las estrategias en tiempos de crisis

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Luis Vicente León
ERNESTO J. TOVAR |  EL UNIVERSAL
miércoles 3 de julio de 2013  12:00 AM
En un entorno de amplias dificultades económicas la creatividad y el empeño surgen como herramientas para lograr la prosperidad en los emprendimientos y las empresas constituidas. En esto coincidieron Carlos Henrique Blohm, presidente de Telares de Palo Grande, y Luis Vicente León, director de Datanálisis, durante sus intervenciones en el I Encuentro Contacto Venezuela de networking.

En el evento de matching empresarial, organizado por la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB), la Asociación Compañía de las Obras Venezuela (CDO) y patrocinado por El Universal, Blohm abordó el tema de las empresas en tiempos de crisis. Dijo que "Venezuela que tiene una economía y política muy variable, y por ello se debe y se tiene que tener persistencia y mantener a la vez la actitud positiva de resolver los problemas uno mismo; buscando nuevas maneras, con creatividad para hacer las cosas".

En su caso han tenido una experiencia positiva con "el acercamiento tanto a los trabajadores como con la comunidad que nos rodea, pero no olvidando que nos debemos a los clientes".

La creatividad y la persistencia ayudan a que " uno pueda sobrevivir en ambientes muy hostiles de competencia, con restricciones del tipo de cambio, de costos, en materias primas y en divisas. Eso hace más importante mantener estos valores: persistencia, actitud positiva y ser muy creativo en las soluciones para mantener la continuidad y la prosperidad en las actividades que tenemos".

Por su parte León describió la existencia de un "triángulo de las Bermudas" donde los vértices lo conforman el control de cambio, el control de precios, y las expropiaciones improductivas, con un componente central de escasez e inflación.

A su juicio, "hay que ser creativo para sobrevivir al tigre. Apelar a la competitividad, a la innovación".

"Hay que entender que el Gobierno del Presidente Nicolás Maduro será relativamente largo pues la vía democrática es un revocatorio en unos tres años", dijo.

Al describir las cualidades de Maduro, indica que al ser de formación sindicalista, la negociación es una valor arraigado. "Y eso se nota en acciones iniciales de gobierno. No han resuelto o tomado acciones pero al menos dieron un paso al reconocer problemas".

Asegura que Maduro tiene 50,6% de aprobación popular y niega que Henrique Capriles esté "en caída libre".

Por ello apunta que "lo que no puede hacer el Gobierno es mantener el status quo, eso solo serviría si Hugo Chávez estuviera".

EL UNIVERSAL

viernes, 21 de junio de 2013

Como tener un Negocio Propio y Exitoso


Como crear un negocio propio y que sea exitoso. La ideal de montar un negocio es que dure en el tiempo y sea rentable. Esto se puede lograr y con mucho éxito, teniendo mucha disciplina, constancia y perseverancia.

Pasos para tener un negocio propio y exitoso:

- Hay que definir claramente la idea del negocio, hay que empezar un negocio en que se tenga experiencia y conocimientos, si es contador lo mejor seria abrir una firma contable, que una panadería o ferretería que no se tiene experiencia ni conocimientos. Si abres un negocio de otra rama que no conoces, asesórate siempre con lo mejores, este punto es clave para lograr el éxito del negocio.
- Debe escoger el tipo de empresa, registrarla y tener todos los documentos al día.
- Debe tener la Administración y la Contabilidad al día.
- Debes tener un plan de negocios con los objetivos bien claros a corto, mediano y largo plazo, como local propio o alquilado, factibilidad del negocio, capital de trabajo, flujo de caja, análisis de mercado, estrategia a emplear, plan de venta, rentabilidad en el tiempo, retorno del capital, entre otros.
- La imagen de la empresa en sumamente importante, como el nombre, el eslogan y los colores que se usaran para identificar a la empresa. Estas creando una marca que debe impactar y quedar en el tiempo.
- Se debe crear una campaña de promoción y publicidad para el negocio, comuníquele a los familiares y amigos sobre el negocio para que se corra la voz, entregue volantes, y utilice la publicidad por Internet que es muy económica.
- La disciplina, la constancia y la perseverancia son puntos claves para tener un negocio exitoso. Visualiza siempre el negocio prospero y exitoso.

Que no se debe decir en el trabajo


Que no se puede decir en el trabajo. Los empleados, jefes y dueños tienen que elegir palabras y frases que cautiven, motiven e inspiren a los demás, ya que hay frases que dependiendo en el tono como se digan, pueden interpretarse incorrectamente y traer problemas en el trabajo.

Un comentario fuera de lugar o que no se entienda como es, puede traer inconvenientes con los compañeros de trabajo, jefes o dueños, y hacer que el empleado parezca arrogante, desinteresado, falso, flojo, y poco colaborador en el trabajo. 

Frases que no se deben decir en el trabajo para evitar problemas:

- Ese no es mi problema, me da igual, no es mi trabajo, que lo haga otro.
- No tengo tiempo para eso, si puedo lo hago más tarde.
- Estoy demasiado ocupado, no lo puedo hacer.
- No hay nada que yo pueda hacer, búsquese a otro.
- Yo no gano lo suficiente para hacer ese trabajo.
- Eso no me parece justo, yo me lo merecía el no.
- Esto no está correcto, en mi anterior trabajo se hacia de otra forma.
- Estoy aburrido aquí, no me gusta esta empresa.
- El compañero X o el jefe X es un fastidioso y no sabe nada.
- Esta forma de dirigir la empresa, me parece incorrecta.
- En la otra empresa los jefes eran mejores.
- Si renuncio, la empresa no funcionará correctamente.
El exceso de trabajo, un sueldo bajo, las faltas de respeto, los desprecios o cualquier otro acto inmoral que humille al trabajador, son motivos para renunciar, pero hágalo por la puerta grande y demuestre que usted es mejor que ellos.
 
 
 

Como empezar una Franquicia en Venezuela



Cosas que se deben saber al adquirir una franquicia. Adquirir una franquicia en Venezuela de una marca reconocida y exitosa, es una excelente alternativa para comenzar un negocio propio, que se puede empezar con una inversión baja o alta según el tipo de negocio, pero hay cosas que se deben tener en cuenta al momento de comprar una franquicia.

Pasos para comenzar una Franquicia:

- Cuando una empresa decide convertir su negocio en una franquicia, es porque ya su modelo de negocio es exitoso, y puede expandirse a nivel nacional e internacional.
- Ser dueño de un negocio propio, es una excelente forma de independizarse y de ganar más dinero, pero hay que dedicarle mucho tiempo, tener paciencia y llevar un control estricto de los ingresos y gastos para lograr que la franquicia sea exitosa.
- El franquiciado es el dueño del negocio y es quien realiza la totalidad de la inversión para la puesta en marcha del negocio, pero no puede tomar decisiones importantes, ya que está obligado a seguir los términos, indicaciones y recomendaciones del franquiciante, además de seguir todas las políticas de la empresa para garantizar la estandarización de los productos o servicios, y lograr el éxito de la franquicia.
- Solo se pueden vender los productos aprobados por el franquiciante, en la forma, presentación y precio que lo indique.
- La ubicación del negocio debe ser aprobada por el franquiciante, igual que el acondicionamiento y equipamiento de las instalaciones, tanto interno como externo.
- Según el contrato, se debe cancelar el Royalty (conocidos también como regalías), que es pago mensual (fijo o variable) que realiza el franquiciado a la empresa matriz (Franquicia).
- El franquiciante está en la obligación de dar todas las recomendaciones, apoyo, asesoramiento, procesos y procedimientos para iniciar el negocio, y que este resulte exitoso.
- Una franquicia bien elegida es un excelente negocio.
 
 

Centros Comerciales aspiran resolver pronto inconvenientes con horarios


 

Los Centro Comerciales aún tienen inconvenientes con los nuevos horarios. (Foto El Carabobeño)
La Cámara Venezolana de Centros Comerciales (Cavececo) aspira resolver los inconvenientes que presentó el reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (Lotttt) con su entrada en vigencia.
Lo anterior obedece a que es obligatorio dar el domingo como día de descanso, según establece el reglamento, precisamente cuando las personas en ciudades se dedican al esparcimiento durante los fines de semana.
Claudia Itriago, directora ejecutiva de Cavececo, aseguró que pronto se reunirán con el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social para tratar el tema, pues a estas alturas aún tienen inconvenientes, debido a que algunos no pueden abrir sin los horarios aprobados. (LC)

EL CARABOBEÑO 

jueves, 20 de junio de 2013

Al instante Empresas privadas deberán inscribirse en registro militar


 
 
 
Si el Parlamento aprueba el proyecto de reforma de la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar las empresas no sólo estarán obligadas a solicitar a sus empleados la constancia de inscripción en el registro militar permanente, sino que deberán, ellas mismas, inscribirse en este, so pena de ser multadas.
El artículo 47 del proyecto promovido por el PSUV y aprobado en la Comisión de Defensa, señala que para la obtención de cualquier solvencia laboral, las empresas deberán presentar al jefe de la circunscripción militar de su dependencia federal la constancia de su inscripción y el 50 agrega que están obligadas a actualizar sus datos como mínimo cada tres años; de lo contrario, no podrán obtener las solvencias.
El texto, que entrará a la plenaria de hoy para la primera discusión, señala que el incumplimiento de esos preceptos generaría multas variadas. Por ejemplo, si una empresa (también aplica a organismos públicos y cooperativas) no solicita a los empleados la documentación que acredite su inscripción en el RMP, será sancionada con 20 UT; es decir, 2.140 bolívares en la actualidad. Pero si es la propia empresa la que no se inscribió en el RMP, la multa asciende a 25 UT (2.675 bolívares).
Si la omisión de la compañía es la no actualización de sus datos (cambio de residencia fiscal, de objeto de razón jurídica o de actividad económica, apertura de sucursales, etc), la multa podría alcanzar las 40 UT, o 4.280 bolívares. Si es reincidente de este incumplimiento, la sanción puede llegar a 80UT, es decir, 8.560 bolívares.

Un año de plazo. La propuesta discutida este año en la comisión que preside William Fariñas (PSUV) y que podría sancionarse este año, establece que las empresas deberán inscribirse en el RMP dentro de los 60 días siguientes a la fecha de formalización del registro; de lo contrario, deberán pagar una multa de 50 UT, equivalente a 5.350 bolívares a la tasa actual.
La disposición transitoria cuarta del proyecto da un plazo de un año, a partir de la entrada en vigencia de la ley, para que las personas entre 18 y 60 años de edad y las empresas que no estén inscritas en el registro militar permanente, lo hagan.
El objeto de la inscripción obligatoria para las empresas es, según el proyecto, proveer al Estado “una data actualizada que pueda ser empleada por el ente responsable de la administración del servicio civil”.
El proyecto de reforma indica que toda persona jurídica es susceptible de inspección y verificación por parte de la autoridad regional en materia de registro permanente. Estas autoridades son los jefes de las circunscripciones militares en el ámbito nacional, nombrados por disposición del Presidente de la República. Además, se incorporan las oficinas de registro permanente municipal y parroquial, cuyas cabezas serán designadas por el ministro de la Defensa.
“El acto de aplicación de la sanción comprenderá la elaboración de la notificación, indicando el artículo infringido y su descripción, el monto equivalente en UT a cancelar y la fecha límite de pago”, dice el artículo 117.
El destino de los recursos obtenidos por la imposición de multas será “el mejoramiento de la plataforma tecnológica del registro de alistamiento”, de acuerdo con el artículo 119 de la iniciativa de reforma.

Vuelven las sanciones
La Ley de Conscripción y Alistamiento Militar fue reformada en 2009 y 2010. En la primera modificación se estableció que la prestación del servicio militar sería voluntaria y la inscripción en el registro militar, obligatoria.Una de las disposiciones transitorias de 2009 obligaba a los mayores de edad a inscribirse en el RM antes del 31-10-2010, y a las empresas a solicitar a sus empleados la constancia de inscripción. En octubre de 2010 se eliminó la fecha tope para la inscripción y se hizo de este un proceso permanente. Además, se suprimieron las 5 sanciones establecidas en la ley de 2009. En la propuesta de reforma el capítulo de sanciones tiene 20 artículos, 10 de los cuales corresponden a las causales de sanción. El nombre propuesto es Ley de Registro, Alistamiento y Servicio Militar.

Supervisados
Los medios impresos podrían ser objeto de multas, de acuerdo con la propuesta de reforma de la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar. En el proyecto se mantiene la obligatoriedad de la televisión y la radio de difundir de manera gratuita las campañas del Estado para incentivar la inscripción y actualización del registro militar (Artículo 58 de la ley vigente). Pero el instrumento propuesto es más detallado. El artículo 53 precisa que el incumplimiento de esta obligación acarreará las sanciones establecidas en la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.Además, el artículo 108 de la propuesta acota que las autoridades civiles, así como los medios de comunicación públicos y privados que incumplan la obligación de difundir las campañas que elabore la Secretaría Permanente de Registro y Alistamiento para incentivar la inscripción y actualización del registro militar permanente, “serán sancionados conforme a lo establecido en el reglamento, con multa equivalente a 15 unidades tributarias”. Esto equivale a  1.605 bolívares a la tasa actual.El artículo 114 de la iniciativa impulsada por el PSUV en la Comisión de Defensa de la AN señala que la autoridad competente para aplicar sanciones a la radio y la televisión será la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, pero el 115 agrega que la Secretaría Permanente de Registro y las circunscripciones militares “supervisarán y aplicarán las sanciones correspondientes a toda persona natural, jurídica, prestadores de servicio de radio, televisión y medios impresos que incumplan las normas de la presente ley en el ámbito de su jurisdicción”.



 Fuente: El nacional/GaleaConsultores, c.a
@galeaconsultore

miércoles, 19 de junio de 2013

PAGO DOBLE DE HORAS EXTRAORDINARIAS SIN LA AUTORIZACIÓN DEL INSPECTOR DEL TRABAJO




Las horas extras deben ser canceladas con el 50% de recargo, por lo menos, sobre el salario convenido para la jornada ordinaria. En caso de laborarse las horas extraordinarias sin la autorización del Inspector del Trabajo, estas deben pagarse con el doble del recargo previsto en la Ley al (100%) Articulo 118 y 182 LOTTT 


INFRACCIÓN A LOS LÍMITES DE LA JORNADA DE TRABAJO




Al patrono que infrinja las normas relativas a la duración máxima de la jornada de trabajo o las disposiciones relativas a los días hábiles, se le impondrá una multa no menor del equivalente a 30 U.T ni mayor del equivalente a 60 U.T ( Art. 525 LOTTT)

LIBRO DE ACUSE DE ENTREGA DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO

LIBRO DE ACUSE DE ENTREGA DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO






LIBRO DE ACUSE DE ENTREGA DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO
El patrono deberá dejar constancia de la fecha y hora de haber entregado al trabajador el ejemplar  del contrato de trabajo mediante acuse de recibo debidamente suscrito por éste o ésta, en un libro que llevará a tal efecto. Art. 59 de la LOTTT.
Objeto de llevar el referido Libro: Dejar constancia de la entrega del contrato, la fecha de entrega, el nro. de folios, que la firma de acuse en el libro coincida con la firma colocada en el ejemplar entregado al trabajador (en caso de desconocer el contrato, el documento indubitable a ser  confrontado es el libro), en ese sentido se justifica que en el asiento de acuse de entrega de contrato.
Contenido que debe constar en el “Libro de Acuse”
-       Nombre y cedula de Identidad del Trabajador
-       Huella dactilar
-       Fecha de entrega del contrato
-       Tipo de contrato ( Indeterminado, determinado y Obra)
-       Numero de folios con los que cuenta el contrato y especificar si contiene anexos.
Recomendaciones:
-       Confrontar la cedula con la firma plasmada en el libro
-       Que el contrato debe contar con la firma y huella dactilar en cada folio u hoja
-       Los espacios de líneas no llenados del contrato, deben quedar inutilizados con raya punteada (-------)
-       Uso de hoja tipo membrete de la empresa que dificulte la alteración.
FUENTE: OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR EN VENEZUELA / GALEA CONSULTORES.