Ley que Regula la Compra y Venta de Vehículos Automotores Terrestres, Nuevos y Usados, Nacionales o Importados (en espera de su publicación en Gaceta Oficial).
- El precio de los carros nuevos, será fijado por el Estado Nacional a
través de la Sundecop, la referencia inicial para el valor de un auto
nuevo o de condición similar, son los fijados hasta el 28 de febrero de
2013. Ningún auto con uso igual o inferior a diez (10) años, podrá
exceder el precio de uno nuevo.
- El precio de compra venta de los carros usados hasta 10 años de uso,
se determinará por una fórmula que tendrá la página web del Ministerio
de Comercio (www.mincomercio.gob.ve). Para obtener el precio de venta,
el vendedor tendrá que suministrar los datos del vehículo, como modelo,
año de compra, kilometraje y las condiciones generales del vehículo.
- Hasta que salga esta nueva fórmula, el precio máximo de venta no podrá
exceder el 90% del precio de los vehículos nuevos vigentes al 28 de
febrero de 2013 (mismo modelo o de similares características, estructura
y diseño).
- No se podrán ofertar automóviles en ningún medio de comunicación
(televisión, radio, prensa e Internet) con precios superiores a lo
fijados por el estado venezolano o lo que salga de la fórmula para
calcular el precio de los carros usados.
- La nueva ley de compra y venta de vehículos, prohíbe dar créditos
bancarios, emitir pólizas de seguro y registrar la compra venta en las
notarías, por un monto superior al precio máximo fijado de venta o el
que arroje la fórmula.